jueves, 4 de diciembre de 2008

consulta 3- ¿Es conveniente para la empresa el poder contratar a honorarios, a su personal operativo?


Según el código del trabajo, articulo 7, define un contrato de trabajo como: “Contrato individual de trabajo es una convención por la cual el empleador y el trabajador se obligan recíprocamente, éste a prestar servicios personales bajo dependencia y subordinación del primero, y aquél a pagar por estos servicios una remuneración determinada”. Es conveniente, económicamente para la empresa. Pero en el sentido de motivación, trabajo bien hecho, no sería muy conveniente.

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